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| ¿Que es la ley de fachadas?
La Ley 6116 ex 257 de conservación de fachadas, estipula la obligación por parte de los propietarios de inmuebles de la Ciudad de Buenos Aires, de mantener en buen estado, en lo estético, constructivo, salubridad, higiene y uso, los frentes de sus propiedades, incluyendo elementos tales como balcones, carteles, maceteros, antepechos y cerramientos, que puedan desprenderse provocando daños a las personas o bienes.
Para que el cumplimiento de dicha ley pueda ser verificado, el profesional debe certificar ante la Agencia Gubernamental de Control (AGC) el buen estado de conservación, así como la estética de las fachadas y sus elementos constituyentes.
Este es un dato no menor, dado que tras la actualización de la ley 257 a la ley 6116, no es posible bajo ninguna circunstancia dar plazos de obra para reparar fachadas o acondicionarlas, al momento en que el profesional las certifique, las mismas deberán estar en buen estado y pintadas.

| ¿Cómo se implementa?
1- Una vez efectuado el contacto, le solicitaremos nos envíe la dirección de la propiedad. 2- Luego coordinaremos una visita donde realizaremos el relevamiento técnico y fotográfico de la propiedad. 3- Procederemos con la elaboración del informe técnico, cumplimentando con lo requerido por la AGC 4- Aprobado el informe, enviaremos en formato digital, el certificado de conservación, junto con el resto de la documentación aprobada.
Aceptamos efectivo, depósito y transferencia bancaria también podrá efectuar su pago online con su tarjeta de crédito a través de MercadoPago previo al envío de un código de pago,